EXW - EX OBRAS | EN ORIGEN (lugar de entrega convenido)
El vendedor se limita a poner la mercancía a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor, dentro del plazo establecido, y no es responsable del despacho de exportación ni de la carga de la mercancía en ningún vehículo de recolección. Utilizable en cualquier modo de transporte.
Nota: como el comprador extranjero no tiene las condiciones legales para tramitar el despacho de salida de la mercancía del país, se entiende que esta medida es adoptada por el vendedor, por su cuenta y riesgo, en el caso de exportaciones brasileñas.
FCA - TRANSPORTISTA GRATUITO | GRATIS EN EL TRANSPORTISTA (lugar de entrega convenido) El vendedor cumple sus obligaciones y termina su responsabilidad cuando entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista u otra persona indicada por el comprador, en el lugar convenido del país de origen. Utilizable en cualquier modo de transporte. El comprador y el vendedor podrán utilizar su propio transporte durante partes del viaje.
FAS - GRATIS JUNTO AL BARCO | LIBRE EN EL LADO DEL BUQUE (puerto de embarque convenido) El vendedor termina sus obligaciones en el momento en que la mercancía es colocada, despachada para la exportación, en el costado del buque carguero indicado por el comprador, en el muelle o en los buques utilizados para cargar la mercancía, en el puerto de embarque designado por el comprador. Puede utilizarse exclusivamente en el transporte acuático (mar o vías navegables interiores).
FOB - GRATIS A BORDO | LIBRE A BORDO (puerto de embarque convenido) El vendedor termina sus obligaciones y responsabilidades cuando la mercancía, despachada para la exportación, es entregada, estibada, a bordo del buque en el puerto de embarque, ambos indicados por el comprador, en la fecha o dentro el período despierto. Puede utilizarse exclusivamente en el transporte acuático (mar o vías navegables interiores).
CFR - COSTO Y FLETE | COSTO Y FLETE (puerto de destino convenido) Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el plazo FOB, el vendedor contrata y paga los fletes y costos necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido. Puede utilizarse exclusivamente en el transporte acuático (mar o vías navegables interiores).
CIF - COSTO, SEGURO Y FLETE | COSTO, SEGURO Y FLETE (puerto de destino convenido) Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el plazo FOB, el vendedor contrata y paga los fletes, costos y seguros relacionados con el transporte de la mercancía hasta el puerto de destino acordado. Puede utilizarse exclusivamente en el transporte acuático (mar o vías navegables interiores).
CPT - TRANSPORTE PAGADO A | ENVÍO PAGADO HASTA (lugar de destino convenido) Además de asumir las obligaciones y riesgos establecidos en el término FCA, el vendedor contrata y paga el flete y los costos necesarios para llevar la mercancía al lugar de destino acordado. Utilizable en cualquier modo de transporte.
CIP - TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO A | TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO A (lugar de destino convenido) Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el término FCA, el vendedor contrata y paga los fletes, costos y seguros relacionados con el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino acordado. Utilizable en cualquier modo de transporte.
DAP - ENTREGADO EN EL LUGAR | ENTREGADA EN EL LUGAR (lugar de destino convenido) El vendedor cumple sus obligaciones y finaliza su responsabilidad cuando pone la mercancía a disposición del comprador, en la fecha o dentro del plazo acordado, en un lugar designado en el país de destino, lista ser descargado del vehículo de transporte y no despachado para su importación. Utilizable en cualquier modo de transporte.
El comprador y el vendedor podrán utilizar su propio transporte durante partes del viaje.
DPU ENTREGADO EN EL LUGAR DESCARGADO | ENTREGADA EN EL LUGAR DESCARGADO (lugar de destino) El vendedor cumple sus obligaciones y termina su responsabilidad cuando la mercancía se pone a disposición del comprador, en la fecha o dentro del plazo acordado, en un lugar determinado del país de destino, descargada del Vehículo de transporte pero no autorizado para su importación. Utilizable en cualquier modo de transporte.
El comprador y el vendedor podrán utilizar su propio transporte durante partes del viaje. Término definido para reemplazar a DAT, con la diferencia de que DAT determinaba “entrega” exclusivamente a terminales de carga, y DPU podía usarse en terminales o cualquier otro lugar específico (por ejemplo, el almacén del comprador).
DDP - ENTREGADO DERECHO PAGADO | ENTREGUE COM DIREITOS PAGOS (local de destino nomeado) O vendedor completa suas obrigações e encerra sua responsabilidade quando a mercadoria é colocada à disposição do comprador, na data ou dentro do período acordado, no local de destino designado no país importador, não descarregada do meio de transporte.
El vendedor, además del despacho de aduana, asume todos los riesgos y costos, incluidos impuestos, tasas y otros cargos que gravan las importaciones. Utilizable en cualquier modo de transporte. El comprador y el vendedor podrán utilizar su propio transporte durante partes del viaje.
Nota: debido a que el vendedor extranjero no tiene las condiciones legales para otorgar el despacho de entrada de la mercancía al país, este término no puede ser utilizado en las importaciones brasileñas, debiendo elegirse DPU o DAP en el caso de preferencia por una condición regulada por la CPI.